Ley de Leasing Dto 2-2021
Colon Consultores a la comunidad de negocios informa acerca de la nueva Ley de Leasing. El leasing le da la posibilidad a la pequeña y mediana empresa de poder comprar mobiliario, vehiculos o maquinaria para iniciar o expandir sus operaciones. A continuacion el texto de ley
Texto de Ley link de descarga: http://bit.ly/LeyLeasing-
Entra en vigencia 3/Junio/2021
TIPOS DE LEASING
1- Financiero
2- Financiero Habitacional
3- Vivienda de Interes Social
4- Financiero Inmobiliario
5- Operativo
DISPOSICIONES TRIBUTARIAS
1- Son deducibles las cuotas
2- Son deducibles los intereses
3- Los bienes se contabilizan como BIENES EN ARRENDAMIENTO FINANCIERO
CONCEPTOS
Algunos conceptos contenidos en la ley son:
ARRENDADOR. Es la persona, patrimonios o entes que entregan el o los bienes en la calidad de leasing, a uno o mas arrendatarios, en los terminos y condiciones acordados por las partes en el respectivo contrato de leasing.
ARRENDATARIO. Es la persona, entes o patrimonios que, al celebrar contrato de leasing, obtiene derecho al uso, goce y disfrute del bien objeto de leasing, en los terminos y condiciones acordados por las partes en el respectivo contrato de leasing.
CONTRATO DE LEASING. Es el contrato mediante el cual el arrendador adquiere para uso del arrendatario bienes a cambio de una renta o cuota por un plazo determinado, el contrato de leasing comprende el contrato de leasing financiero y el contrato de leasing operativo, en la form a que quedan definidos en esta Ley.
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A continuacion el texto publicado en el Diario de Centroamerica.