Ley de Leasing Dto 2-2021

 

Colon Consultores a la comunidad de negocios informa acerca de la nueva Ley de Leasing.  El leasing le da la posibilidad a la pequeña y mediana empresa de poder comprar  mobiliario, vehiculos o maquinaria para iniciar o expandir sus operaciones.  A continuacion el texto de ley

 

Texto de Ley link de descarga: http://bit.ly/LeyLeasing-

 

Entra en vigencia 3/Junio/2021

 

TIPOS DE LEASING

1- Financiero

2- Financiero Habitacional

3- Vivienda de Interes Social

4- Financiero Inmobiliario

5- Operativo

 

DISPOSICIONES TRIBUTARIAS

1- Son deducibles las cuotas

2- Son deducibles los intereses

3- Los bienes se contabilizan como BIENES EN ARRENDAMIENTO FINANCIERO

 

CONCEPTOS

Algunos conceptos contenidos en la ley son:

ARRENDADOR. Es la persona, patrimonios o entes que entregan el o los bienes en la calidad de leasing, a uno o mas arrendatarios, en los terminos y condiciones acordados por las partes en el respectivo contrato de leasing.

ARRENDATARIO. Es la persona, entes o patrimonios que, al celebrar contrato de leasing, obtiene derecho al uso, goce y disfrute del bien objeto de leasing, en los terminos y condiciones acordados por las partes en el respectivo contrato de leasing.

CONTRATO DE LEASING. Es el contrato mediante el cual el arrendador adquiere para uso del arrendatario bienes a cambio de una renta o cuota por un plazo determinado, el contrato de leasing comprende el contrato de leasing financiero y el contrato de leasing operativo, en la form a que quedan definidos en esta Ley.

 

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A continuacion el texto publicado en el Diario de Centroamerica.

 

 

 

 

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